Procedimiento de estimaciones preventivas

El Anexo C del SOCAP establece un marco detallado para la calificación y constitución de estimaciones preventivas que deben seguir las Sociedades en la gestión de sus diversas carteras crediticias. Este procedimiento es crucial para garantizar la estabilidad financiera y la gestión adecuada del riesgo crediticio.

1. Cartera Crediticia de Consumo

Las Sociedades deben clasificar su cartera de consumo en función del número de días de mora. La cartera se divide en dos tipos:

  • Cartera Tipo 1: Créditos con baja probabilidad de incumplimiento.
  • Cartera Tipo 2: Créditos con alta probabilidad de incumplimiento, también conocidos como «cartera emproblemada».

Para cada tipo de cartera y estrato de mora, se aplican diferentes porcentajes de estimaciones preventivas. Estos porcentajes aumentan a medida que se incrementa el número de días de mora, desde un 1% para Cartera Tipo 1 sin mora hasta un 100% para moras mayores a 180 días.

2. Cartera Crediticia Comercial

Al igual que con la cartera de consumo, la cartera comercial se clasifica según el número de días de mora y se divide en Tipo 1 y Tipo 2. Los créditos comerciales se consideran «cartera emproblemada» cuando hay una alta probabilidad de no recuperarse completamente. Los porcentajes de estimaciones preventivas varían dependiendo del tiempo de mora, con un rango del 0.5% al 100%.

3. Microcréditos Productivos

Los microcréditos productivos se clasifican según el número de periodos de facturación con mora. Los porcentajes de estimaciones preventivas para estos microcréditos también varían según el tiempo de mora, con una escala que va desde un 0.5% para los microcréditos al corriente, hasta un 100% para moras de más de 20 semanas o más de 5 meses.

4. Cartera Crediticia de Vivienda

En la cartera de vivienda, los créditos se clasifican de manera similar, basándose en los días de mora. También se dividen en Tipo 1 y Tipo 2, donde los créditos en la segunda categoría se consideran «cartera emproblemada». Los porcentajes de estimaciones preventivas varían según el tipo de crédito y los días de mora, con una escala que va desde un 0.35% hasta un 100%.

5. Ajustes y Reconocimiento de Garantías

Las Sociedades pueden ajustar las estimaciones preventivas y reconocer las garantías bajo ciertas condiciones. Estas garantías pueden reducir el porcentaje de estimaciones preventivas si cumplen con los criterios establecidos, como el cumplimiento de términos y condiciones contractuales y la posibilidad de ejecutar la garantía en caso de incumplimiento. Además, se especifica cómo deben manejarse los créditos reestructurados o renovados, así como la forma de aplicar las garantías financieras y no financieras.

6. Cobertura y Proveedores de Protección

El anexo también detalla cómo deben manejarse las garantías y esquemas de cobertura de primer nivel y de pérdidas proporcionales, incluyendo los requisitos para que una Sociedad reconozca estas coberturas. Se establecen grupos de proveedores de protección, cada uno con sus respectivos porcentajes de estimaciones preventivas, lo que permite a las Sociedades gestionar el riesgo de manera más efectiva.

7. Consideraciones Especiales para el Sector Agropecuario

Finalmente, se especifican disposiciones especiales para los créditos destinados al sector agropecuario y rural, que pueden beneficiarse de un factor de reducción del 95% en las estimaciones preventivas siempre que se cuente con un seguro de daños agrícolas y de animales adecuado.